Comibol ejecuta plan de reubicación de cooperativas para limitar la extracción de minerales del Cerro Rico de Potosí
- La estrategia que emplaza pretende inmovilizar minas que operan en el macizo de plata. La Fedecomin abraza el proyecto y asegura que contribuirá a cumplir el objetivo.
Por Bolivia Energía Libre / Potosí
Concebida a principios de gestión el plan de reubicación de operaciones mineras del Cerro Rico que puso en marcha la gerencia regional de COMIBOL Potosí, busca limitar la extracción de metales sobre la cota 4.400 a corto plazo.
Con este objetivo, desde principios de gestión, la gerencia regional precintó minas declaradas abandonadas que estuvieron bajo dominio de las cooperativas Carmen, Unificada Potosí, 10 de Noviembre, Ckancchas Libres, 1 de Abril, Villa Imperial, y San Cristóbal, precisó un informe sobre minas inmovilizadas que procesó la estatal minera.
“El plan de reubicación tiene como meta cerrar el 100% de las minas que operan sobre la cota 4.400, y trasladar a los cooperativistas, a nuevas áreas que la COMIBOL tiene identificadas en las faldas del Cerro Rico. Este proceso permitirá disminuir la explotación de óxidos y sulfuros de plata, parar la degradación geológica de la roca; y fundamentalmente, contribuir a preservar la estructura geológica original de la montaña”, señaló el gerente regional de COMIBOL Potosí, Ramil Silvestre.
Por su parte el ingeniero Gregorio Socaño, coordinador de la estatal minera en la comisión técnica interinstitucional conformada por el Comité Cívico Potosinista (Comcipo), la Universidad Autónoma Tomás Frías (UATF), la Gobernación de Potosí y la Federación de Cooperativas Mineras de Potosí (Fedecomin), para el sostenimiento, consolidación y estabilización geológica del Cerro Rico, informó que la reubicación de operaciones mineras ya comenzó arrojar resultados.
Al menos, una veintena de cooperativas ya optaron por migrar a otras áreas por debajo de la Cota 4.400 del Cerro Rico, apuntó.
“Las cooperativas están reubicando operaciones y al ritmo actual, esperamos resultados espectables en los próximos meses”, apuntó el profesional en geología estructural.
En la cúspide del Cerro Rico, 16 secciones de cooperativas cerraron operaciones mineras voluntariamente y abandonaron actividades de explotación de sulfuros y óxidos de plata.
“Si bien existieron trabajos mineros por encima de la cota 4.400 (donde operaban) 40 secciones, 16 secciones que pertenecen a diversas cooperativas, voluntariamente han dejado el lugar (la cúspide de Cerro Rico), no solo por presión social y debido a que asumieron conciencia ya que las cooperativas están comprometidas con preservar la estructura geológica del cerro. Esta decisión de los mineros es una muestra que están prestos a migrar de la montaña”, afirmó la autoridad gerencial.
Adecuación de contratos para reubicar operaciones mineras
La estrategia que viene desplegando la COMIBOL para reubicar operaciones mineras tiene además a la adecuación de los contratos suscritos por las cooperativas para explotar minerales en el Cerro Rico y, la oferta de nuevas áreas de trabajo en él departamento, como puntales que orientan la consecución de planes a corto plazo con la mira puesta en la preservación geológica del macizo rocoso.
Son este fin suscribió, hasta ahora, un conjunto de contratos de adecuación con la Federación de Cooperativas Mineras de Potosí (Fedecomin), bajo el compromiso de migrar faenas mineras por debajo de la cota 4.400, precisó Silvestre.
La adecuación de contratos implica aprobar nuevas disposiciones técnicas y legales a las que deben ser sometidas, inexcusablemente cualquier vínculo contractual suscrito con la COMIBOL en el marco de lo que estipula la Ley No. 1140 (regular las relaciones entre el Estado y las cooperativas mineras) y al marco jurídico establecido por la Ley de Medioambiente.
Esto implica qué, a fuerza de Ley, y por mandato expreso, todas las cooperativas están obligadas a adecuarse a la norma, y por ende, acatar lo que disponen las leyes.
En este caso particular, la COMIBOL autoriza la adecuación de contratos condicionado a suspender operaciones mineras por encima de la cota 4.400 del Cerro Rico, y obliga a los mineros, a reubicar la explotación por debajo de la cúspide del macizo de plata.
La COMIBOL estableció que sobre la cota 4.400 del Cerro Rico operaban un total de 22 cooperativas. De esta cantidad el 90% firmaron compromisos de migración a otras áreas de explotación que se hallan por debajo de la cota 4.400 del Cerro Rico, una vez que acataron disposiciones normativas y suscribieron la adecuación de sus contratos de explotación minera.
En este sentido el Artículo 4 de la Ley 1140 referida a la suscripción de Contrato cooperativo minero, dispone lo siguiente:
“El Contrato Cooperativo Minero será suscrito por la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL con las cooperativas mineras para el desarrollo de actividades de la cadena productiva en áreas de la COMIBOL establecidas en el Parágrafo V del Artículo 61 de la Ley Nº 535, modificado por el Parágrafo I del Artículo 8 de la Ley Nº 845, para nuevas solicitudes, así como la adecuación de los Contratos de Arrendamiento suscritos con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, sobre áreas por pertenencias o cuadrículas y los parajes de explotación por niveles, bocaminas; así como, las colas, desmontes, relaves, pallacos, sucus y escorias, respetando las áreas mineras de dichos contratos. (…) La suscripción de los contratos cooperativos mineros por adecuación, respetará los derechos preconstituidos de las cooperativas, manteniéndose inalterable la titularidad de la COMIBOL sobre sus áreas”.