Justicia resuelve que la COMIBOL ejecuta medidas para no contaminar la cuenca del Kari Kari
Por Bolivia Energía Libre / La Paz
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí resolvió -el pasado 28 de febrero de 2023- que la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), cumple a cabalidad con la preservación de los acuíferos de la cuenca hídrica del Kari Kari donde mantiene concesiones mineras inmovilizadas desde el año 1952. La COMIBOL posee en la zona pertenencias mineras desde el año 1952 cuando fueron nacionalizadas las minas por el Estado a los llamados “barones del estaño” (Simón I. Patiño, Mauricio Hoschild y, Carlos Aramayo).
“…del análisis de todos los informes emitidos por las distintas instituciones (entre ellas la COMIBOL), se colige que han cumplido con lo resuelto en sentencia en la presente Acción Popular, realizando una labor por demás integral de cooperación y coordinación interinstitucional realizando inspecciones compuestas con profesionales idóneos, equipos bien conformados…”, refiere la resolución judicial que emitió, en los últimos días, la Sala Constitucional Segunda. La decisión respondió, de está manera, a una demanda de Acción Popular que presentó la concejal del municipio de Potosí, Reyna Menacho el pasado 14 de febrero de 2023, cuando solicitó mediante memorial “…el cierre de la cooperativa 27 de marzo…” que aparentemente puso en marcha actividad minera ilegal en alrededores de la laguna Mazuni.
En este sentido la resolución dispone “…(la paralización) inmediata de sus actividades mineras…” con la fuerza de ley que tienen “…AJAM (Autoridad Jurisdiccional de Administración Minera), (Secretaría de la) Madre Tierra (de la Gobernación de Potosí), COMIBOL, Alcaldía de Potosí, FEJUVE y otras instituciones involucradas como el Ministerio de Aguas y Medio Ambiente y la AAPS (Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable)…”
“…conforme al memorial de la accionante, se tiene por cumplida la sentencia por parte de las instituciones como se tiene fundamentado..”, añade la determinación judicial que fue refrendado por el magistrado, Jaime Choquevillque Vera, en su condición de Vocal Relator Sala Constitucional No. 2. COMIBOL fundamento decisiones haciendo conocer, con precisión y, con respaldo de documentación fehaciente que “…no realiza laboreo de exploración ni explotación minera, en ninguna de sus pertenencias que tiene en la cuenca hídrica del Kari Kari (…) La existencia de antiguas bocaminas, desmontes, caminos, campamentos en algunas de estas pertenencias es el producto de trabajos de explotación minera antes de la nacionalización de las minas que se remonta al año 1952”, precisó datos la gerencia. El fallo recomendó que las instituciones ejerzan “protección continua y permanente de los recursos naturales, evitando la explotación ilegal”.
La COMIBOL no autorizará actividad minera de ningún tipo en las áreas que se hallan bajo su jurisdicción por ley, recalcó la empresa.
Concesiones mineras inmovilizadas desde la Revolución de 1952
Las pertenencias mineras que tiene bajo titularidad a Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) en la cuenca hídrica del Kari Kari, están inmovilizadas desde el año 1952, informó la gerencia regional en la ciudad de Potosí.
Las áreas mineras tienen el nombre de: Dina, ubicada en el catón Chaqui; Recuperada, Chalviri, Ximena, Flor de Kari Kari, Amelia, y Segunda Amelia, todas pertenecientes al cantón Concepción, de la provincia Tomás Frías del Municipio de la ciudad de Potosí.
En el área fiscal “La Recuperada” ubicada en las lagunas de Kari Kari, que proveen agua potable a la ciudad de Potosí, la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), cerró dos bocaminas que operaban de forma clandestina para explotar sulfuros y óxidos de plata. La intervención fue materializada en las lagunas Mazuni y Cruciza, el pasado mes de octubre de 2022, en cumplimiento a una declaración del tribunal tutelar del departamento que dispuso la clausura de dos bocaminas que fueron descubiertas dentro de la propiedad minera que esta bajo administración de la COMIBOL Potosí.